
12 May 2026 | donaciones
Proyecto de Ley para la Reconstrucción Nacional y Donaciones
El proyecto de ley para la reconstrucción nacional y el desarrollo económico y social, ingresado a la Cámara de Diputados el 22 de abril de 2026, incorpora en su primer artículo transitorio una herramienta relevante para la planificación sucesoria.
En efecto, el citado artículo dispone para las donaciones una rebaja por una sola vez del 50% del Impuesto a las Herencias, Asignaciones y Donaciones determinado conforme a las reglas que lo regulan. De aprobarse la norma propuesta, se podría adelantar en vida la transferencia de bienes a los herederos con un importante ahorro en impuestos.
Para acceder al beneficio, las donaciones deberán ser otorgadas por escritura pública suscrita dentro del plazo de un año a contar del mes subsiguiente de la publicación de la eventual ley. Las donaciones que se realicen conforme a este beneficio estarán exentas del trámite de insinuación judicial contemplado en el artículo 1401 de Código Civil y 889 y 890 del Código de Procedimiento Civil.
Asimismo, el proyecto de ley establece restricciones respecto a quiénes pueden ser los donatarios y un resguardo de las legítimas. Por otra parte, el valor de lo donado no podrá exceder del 75% del patrimonio total del donante, todo lo cual deberá ser acreditado mediante una declaración jurada.
Finalmente, habrá que ver cómo se desarrolla la discusión de esta interesante norma en el Congreso.






