SUCESIÓN HEREDITARIA
PLANIFICACIÓN PATRIMONIAL
SUCESIÓN HEREDITARIA
PARTICIÓN DE BIENES
ASESORÍA LEGAL
SUCESIÓN HEREDITARIA
En Chile la sucesión hereditaria se tramitará de forma judicial si la persona fallecida (causante) dejó testamento, o bien, si falleció teniendo su último domicilio fuera del país; en los demás casos, se gestionará administrativamente completando el formulario de posesión efectiva que se presenta ante el Servicio de Registro Civil e Identificación.
El trámite de la posesión efectiva concluye con la resolución judicial o administrativa,
según sea el caso, que concede a los herederos el patrimonio del causante, luego de lo cual, se procederá a hacer la declaración del Impuesto a las Herencias y finalmente se podrán inscribir los inmuebles, vehículos o acciones a nombre de la comunidad hereditaria y con ello disponer del patrimonio recibido. Hay que considerar que se puede aceptar la herencia con beneficio de inventario, esto quiere decir, que solo responderán por las deudas del causante hasta el monto de los bienes que este dejó.
